PUEBLOS COMUNIDAD VALENCIANA CASTELLON
Benafer Historia ¿Que Hay Que Ver En Benafer? Fiestas
Se encuentra situado en el curso alto del río Palancia,
entre este y la sierra de Espina. Posee un término municipal con un perímetro
muy irregular
Localidades limítrofes
Caudiel, Jérica, Pina de Montalgrao y Viver
Se han encontrado restos de poblamientos ibéricos en los
yacimientos de San Roque y el Castillejo. A pesar de esto, la localidad es de
fundación musulmana y, después de la reconquista, mantuvo su población su
población musulmana hasta su expulsión en 1368 a raíz de su rebelión durante la
guerra de Castilla. Dicho año esta alquería recibió una primera Carta de Puebla,
que se vio completada y ratificada por el Obispo de Segorbe, Íñigo de Valterra,
en 1379 cuando, a título particular, compró el lugar.
Posteriormente perteneció a la baronía y condado de Jérica aunque posteriormente
pasó a ser propiedad de la familia Exarc durante el siglo XV, a partir de 1611
de la familia Cucaló y a mitad del siglo XVII llegó a manos de Joaquín Castellví.
Tras la guerra civil y debido a la destrucción sufrida hubo de ser reconstruido,
modificando el aspecto de la plaza del Ayuntamiento y de la iglesia.
Actualmente quedan restos de trincheras de la Guerra Civil Española (1936-1939)
rodeando la población por varios puntos (monte de San Roque, Los Novales, cruce
con la carretera de Caudiel a Jérica).
Basada tradicionalmente en la agricultura de secano y en la ganadería.Cultivo de almendros,olivos y cerezas en su mayoría.Cuenta además con secadero de jamones,una granja de pollos ecológicos y empresas de construcción y varios servicios mas,como bares,tienda,farmacia y estanco.
El topónimo Benafer, después de los estudios realizados, podríamos aseverar definitivamente que viene a significar “Hijos de África” ó “Hijos de africanos”.
HISTORIA
A la zona de Benafer no le podían faltar los vestigios de animales prehistóricos como son los dinosaurios. De todos es conocido el valorado “corredor” de este tipo de huellas y fósiles que ocupa la zona de Segorbe (Castellón) hasta Teruel.

Huellas de dinosaurio localizadas en el término de Benafer.
Pero si tomamos como “habitantes” a los dinosaurios, estos no fueron los primeros en ocupar estas tierras. O más bien deberíamos decir estas aguas, ya los primeros indicios de vida en Benafer lo fueron animales marinos, o al menos acuáticos, como lo demuestran la gran cantidad de conchas fósiles de estas características que se pueden localizar dentro de su término. Esto viene a demostrar que estas tierras, en tiempos remotos, estuvieron ocupadas por el agua.

Conchas fósiles encontradas en el término de Benafer
PRIMEROS ASENTAMIENTOS HUMANOS
IBEROS: pueblo indoeuropeo que se asentó desde el Pirineo aragonés por el levante peninsular hasta el sur. Su actividad fundamental era la agricultura, pero también se dedicaban a la minería y a la industria textil. Era una sociedad jerarquizada donde destacan los reyes y jefes militares. Construyeron santuarios para el culto a los dioses. Este pueblo es el primero del que se tiene noticias de su asentamiento en el término que hoy ocupa Benafer.

Restos ibéricos de lo que pudiera ser un túmulo ubicado en el lugar de “El Castillejo”.
LOS “MOROS” SE ASIENTAN EN EL LUGAR DE BENAFER
El asentamiento de los moros se produce alrededor del año 1.000 en una al-queriba, cuando el término de Ben-afer pertenecía a Xérica.

Zona en la que se inició la alquería de Benafer con sus primeras edificaciones.
BENAFER Y SU HISTORIA
Año 1.255. 29 de Noviembre – Privilegio en Calatayud, otorgado por el rey don Jaime I, por el que el Camino Real, que baja de Aragón a Valencia, pase por Jérica “…y los caminantes que pasasen por otros caminos fuesen presos por el alcalde del castillo y embargados sus bienes…” “…que como de ordinario los moros eran ininicísimos de que el camino real pase por sus pueblos … los moros huuiessen mudado el camino real, por el campo que es que hoy ua desde Segorbe al Más de Lidón o Ruuiales, y de allí junto y vabe Benafer, y al uarranco el Hurón y Pico del Águila o Peña del Águila … los caminantes … se y van por eñ dicho camino y hízose tan común, que era tenido por camino real…”Año 1.321. 16 de Agosto – Testamento de Jaime II de Jérica: “…fago heredero mío a Jayme … dexo al dito Jayme … todos los castillos, villas y lugares et alquerías … con todos sus términos, derechos y pertenencias. Primeramente el Castiello et la villa et los arrabales de Xérica, Viuer et Cabdiel, Noualiches, Benafer et Villanueva; et el Campillo … et los lugares del Toro et Pina sitiados en el término de Xérica…”
Año 1.366. 20 de Abril – Los pobladores y vecinos de Jérica “… se bolvieron a congregar y a juntar los mesnos en vno en la iglesia de San Jorge, y dieron los omenajes als dicho sector…”.“… En esta era y tiempo que voy escribiendo, es cierto que en el término d`esta … villa no hauía otros lugares poblados de christianos sino era El Toro y Pina, porque Viuer, Caudiel, Benafer, Noualiches, el Campillo y la Villanueva, que hauían sido poblados de los moros … se dieron a poblar … por Don Juan Alfonso de Xérica a christianos este año que siguiera…”.
Año 1.368. 20 de Mayo – Juan Alfonso dona “… la torre (molino) y casalicios de Benafer …” a Lambert y Jaime del Orde, obligándoles a contribuir con la villa de Jérica en la reparación de “… muros y vallas y en caminos y puentes y en defensión de términos…”.Año 1.379. 11 de Diciembre – Benafer recibe la carta-puebla a favor de veinte pobladores cristianos.
Copia literal de la carta-puebla a favor de Benafer
Sea manifiesto a todos quantos estas presentes cartas veran como en el día, mes e año di(j)us escrito e en presencia de mi, notario, e de los testimonios deuaso nombrados, el muyt Reverent Padre en Jesucristo et Senyor Don Iñigo de Valtira, bisbe de Segorve, no empezo en nombre de la dignedat, ni como a bisbe, mas en sus propios nombres et voz e asín como a Don Eniego tan solament, por si et sus sucesores o qui por tiempo esdevenidor el querá o ordenará como el hoviese et haya comprado el lugar de Benafer con sus propios dineros e non de dita dignedad e por si et en nombre suyo e no para la dignedat, de cierta scencia, en el sobre dito nombre et con testimonio de aquestas presentes publicas cartas por todos tiempos valederas, dio et otorgó por titol de vasallaje et de nueva población el dito lugar de Benafer, el cual está situado en el término de Xérica, el qual solie séller poblado de moros, et por servicio de Dios, el dicho Senyor quiere lo poblar et lo pobla de cristianos, dándolo de present a vinte pobladores que lo partan entre sí por eguales partes todos los regadíos et secanos et vinyas, exceptado las vinyas e terras pieças huerto, según que las ya ditas vinyas e huerto son mojonados et limitados, et da la dicha población del dicho lugar con las retenciones et condiciones dius escritas a las personas dius nombradas et a sus sucesores, es a saber a Don Francisco Çaragoçano e a Johan de la Torre e a Johan de Estella et Domingo Lazaro et Miguel Ferrero et Matheo Lopez et Bartolomé de Teruel, menor, et Garci Sagahundo et Remon de Solange et Johan Martinez, castellano, et hotros hombres, a cumplimiento que seyan vint pobladores que allí vengan a poblar et a los suyos sucesores et todo tiempo, es a saber, el lugar sobredito de Benafer, por titol de perpetuo vasallatge, a bien mejorar con casas, tierras en riego en albar lauradas et por laurar, con el boalage, con aguas, cequias, arboles fructíferos como infructíferos, con todas entradas, eixidas et pertenencias suyas, et generalmente con todos spleyts e esquimos que al dito lugar de Benafer et abitantes en el pertenece o pertenecer pueden, singularmente et conjunta, las quales cosas de sus dichas hayan ellos et los suyos sucesores et los pobladores que alli vernan et los suyos para fer a todas sus propias voluntades, asín como de cosa suya propia, salvo el Senyorío et los pastos, condiciones et retencionesdius escriptas et ansi sanament como mejor puede et deve seyer dicho escripto et entendido a salvamiento et buen entendimiento suyo et de los suyos, la cual donación et concesión de vasallatge, el dito Senyor Don Yenyego de Valterra por si et por sus successores hizo et otorgó a los sobreditos et a sus successores dius los pactos, condiciones et retenciones siguientes:
Et primeramente: Da el dito Senyor Don Yenyego a los ditos vint pobladores et a sus successores vint quinyones de tierra en regadío en la forma y manera que ya son limitados.
Item: Les da todas las vinyas del dito lugar, exceptado las que tiene para sí, según que ya son limitadas et determinadas et senyaladas, las que para sí retiene, así que todas las otras, se partan los ditos vint pobladores, per eguales en lugar convinient.Item: Por semblant manera les da todas las tierras del secano, sin ninguna retención, que se las partan per eguales partes entre sí.
Item: Que los ditos pobladores hayan a dar por cada anyo et a los nuestros mil sueldos reyales de pecha, pagadores en tres tercios, es a saber de IIII en IIII meses, et sea la primera paga el primero día del mes de setiembre, e la segunda paga el primero día de jenero e la tercera paga el primero día de mayo.Item: Se retiene el dito Senyor Don Yenyego que ninguno de los pobladores non pueda poseyr algunas propiedades del dito lugar si no faze continua residencia, con su muger et sus fijos, si los haie, asín que si era vagabundo o mufaría de estatge en otro lugar et non fazia continua residencia, que el Senyor qui es o sera, sin otra solepnidat de proseso, pueda dar las tierras et propiedades del absent a qui se querra.
Item: Que los pobladores non puedan vender los quinyones dentro de cinco anyos sin licencia del Senyor e si lo fazen que sean confiscados al Senyor.Item: Que ningun poblador non pueda cargar algún senç sobre las propiedades del dito lugar de Benafer sin voluntad del Senyor de Benafer.
Item: Que sean tenidos de laurar las propiedades a costumbre de buenos labradores.Item: Que todos los estiércoles que farán los pobladores que hayan a convertir en las propiedades del dito lugar de Benafer.
Item: Se retiene el dito Senyor en sí forno, carnecería, et moliao, sin querra fer, morabatín et host et cavalcada et cualesquiere otros derechos, justicias o juredicciones que a el pertengan o pertanycer puedan o devan pertenecer según derecho, fuero o costumbre, reservando el derecho del Senyor Infant, en el cual tocar no entiende ni fer res en perjudizio suyo et dolo fiziese agora por la ora lo revoca como aquell entienda todavía salvar. Et los ditos Francisco Çaragoçano et Johan de la Torre et Johan de Estella et Domingo Lázaro et Miguel Ferrero, Matheo Lopez et Bartolomé de Teruel, menor de días, Garcí Sagahundo, Ramón de Solatges et Martinez, castellano, por sí et por todos los pobladores sobreditos, singularmente e conjunta et por los suyos succesores del dito SenyorDon Yenyego la dita donación et población por titol del perpetuo vasallaje recibieron con todas las cosas, pactos et condiciones desus ditas et especificadas et juraron cada uno de ellos , por si et por sus successores o los pobladores qui por tiempo seran en el dito lugar de Benafer a la Cruz e a los Santos quatro Evangelios de Dios, por sus manos corporalment tocados las sobreditas cosas, pactos, e condiciones en quanto a ellos es e sera tener et complir et fer cumplir por su poder. Et continent los de sus nombrados pobladores daron homenatges e sagrament de fieldat de naturaleza de obediencia al dito Senyor Don Yenyego de Vallterra en la forma et manera que se sigue et fernos sagrament et homenatge de boca et de manos de seyer a vos dito senyor e a los vuestros successores buenos, fieles, e naturales vasallos e obedientes e vos guardaremos e faremos la reverencia que vasallos a Senyor deven fer e guardar en todo danyo vos evidaremos et toda honor et provecho que podremos vos procuraremoset contra aquellos, qui a vos et los vuestros successores viniesen o vos quisiesen dapnificar en persona o en bienes vernemos personalmente et con nuestros bienes et todos nuestros lícitos mandamientos faremos y servaremos generalment aquellos que vasallos a Senyor son tenidos servar et cumplir qualesquiere día o sazón que requeridos por vos o vuestros successores ne seremos. Et a las sobre ditas cosas tener et cumplir obligamos en poder del notario dius escripto ansi como a publica personas por todos aquellos de los cuales es interés, estipulant et recibient, es a saber, en general e en especial,
singularment et conjunta nuestras personas et cada una de ellas et todos los bienes nuestros et de los pobladores qui en el dito lugar de Benafer son o por tiempo serán et de los nuestros successores, muebles o sedientes o semovientes, privilegiados o non privilegiados, doquiere que son o será. Et encontinent, nos dito Senyor Don Yenyego de Vallterra, senyor temporal del dito lugar de Benafer, aceptant e recibient los ditos sagraments et homenatges de vasallatge et de fieldat de naturaleza por vos et por los vuestros successores de vos ditos Don Francisco Çaragoçano et Johan de la Torre et Johan de Estella et Domingo Lázaro et Miguel Ferrero et Matheo López et Bartholomé de Teruel et Blasco Montagudo et Sancho de Andilla et Johan de Teruel del Armarjal et Bartholomé de Teruel, menor, García de Sagahundo et Ramón de Solatges et Johan Martínez, castellano, et de los vuestros successores, prome(te)mos a vos et a los vuestros successores pleyto ni controversia en ningún tiempo fer sobre las cosas per non desus especificadas, salvo las retenciones, pactos e condiciones desus escriptas, antes aquellas por firmes e agradables tenemos e tener prometemos. Et a mayor firmeça de ellas mandamos ne seyer fechas aquestas cartas partidas por abece. Fecho fue en el dito lugar de Benafer a onze días del mes de deziembre, anno a Nativitate Domini M.º CCC. º LXX. º nono. SIGNO de nos sobredito Don Yenyego de Vallterra qui la sobredita donación de nueva población con las condiciones desus dichas, otorgamos et firmamos.SIGNOS de los sobreditos Francisco Çaragoçano et Johan de la Torre et Johan de Estella et Domingo Lázaro et Miguel Ferrero et Matheo López et Bartholomé de Teruel, menor de días, García de Sagahundo, Remón de Solatges et Johan Martínez, castellano, qui por si et todos los que vernan a poblar el dito lugar de Benafer et los suyos successores de dita donación de nueva población en la forma sobredita aceptaron. Et los ditos sagrament e homenage fizieron.Presentes testimonios clamados fueron et requeridos: Pero Thomas et Bartholomé de Villalva, vecinos de la villa de Exerica et Ximeno Corvarán et Domingo Asuar, vecinos de Novaliches et Sancho López, vicario de Santa María de Albarazín.
OTROS DUEÑOS DEL LUGAR DE BENAFER